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Acatará Congreso de Puebla fallo de la SCJN sobre la constitucionalidad de la Ley de Ciberasedio

CIUDAD DE PUEBLA, PUE. (14 de abril, 2026) — Ante el proceso de revisión que realiza la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Congreso del Estado de Puebla manifestó su disposición total para cumplir con la resolución definitiva que emita el máximo tribunal respecto a la Ley de Ciberasedio. El Poder Legislativo local subrayó que se mantendrá una postura de estricto respeto a la división de poderes, esperando los tiempos jurídicos para realizar los ajustes necesarios en caso de ser requerido.

Respeto a la Autonomía Judicial

El presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Pável Gaspar Ramírez, puntualizó que la legislatura no intervendrá ni buscará influir en la deliberación de los ministros:

  • Postura Institucional: Se aclaró que el Congreso no tiene la facultad ni la intención de realizar exhortos a la Corte, limitándose a su rol de órgano emisor de la norma y, eventualmente, de ejecutor de las modificaciones que se ordenen.
  • Responsabilidad Legislativa: La prioridad de la actual legislatura es garantizar que el marco legal poblano esté en plena sintonía con los preceptos constitucionales y los derechos fundamentales.

Acciones de Inconstitucionalidad en Revisión

La validez de la Ley de Ciberasedio se encuentra bajo el escrutinio de la SCJN debido a diversos recursos interpuestos por organismos autónomos:

  1. Impugnación de la CNDH: La Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió una acción de inconstitucionalidad al considerar que ciertos artículos podrían vulnerar libertades civiles o derechos de privacidad.
  2. Análisis Técnico: Los ministros evalúan si la redacción de la ley cumple con los criterios de proporcionalidad y certeza jurídica necesarios para regular conductas en el entorno digital.

Próximos Pasos para la Legislatura

Una vez que se notifique la sentencia definitiva, el Congreso de Puebla procederá a realizar una revisión técnica de la normativa. Si la SCJN determina que existen preceptos inconstitucionales, el Poder Legislativo deberá sesionar para derogar o modificar los artículos señalados, asegurando que la protección contra el acoso y los delitos digitales en la entidad no contravenga la Carta Magna ni los tratados internacionales.

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