CIUDAD DE PUEBLA, PUE. (08 de febrero, 2026) – El diputado local Julio Huerta Gómez, presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, aseguró que los municipios de San Andrés Calpan y Cuyoaco mantienen un ambiente de paz social y gobernabilidad, a pesar de los procesos administrativos y las quejas ciudadanas que pesan sobre sus alcaldes.
Estatus de los alcaldes involucrados
El legislador precisó que, por el momento, no existen procesos de destitución vigentes, ya que las solicitudes previas se encuentran en pausa:
- Vicente Sánchez Méndez (Calpan – Morena): Aunque en mayo de 2025 el Cabildo intentó destituirlo mediante un «cabildazo» por presuntas faltas administrativas y nepotismo, el Congreso desechó el recurso debido a que los regidores carecen de facultades legales para remover a un edil electo por voto popular.
- Iván Camacho Romero (Cuyoaco – PRI): La solicitud de revocación, presentada inicialmente tras reportes de incidentes con su cuerpo de seguridad y presuntas irregularidades, también permanece sin curso legal activo.
Marco Legal y Atribuciones del Congreso
Huerta Gómez fue enfático en señalar las limitaciones del Poder Legislativo en estos casos:
- Improcedencia de oficio: El Congreso del Estado no tiene la facultad de iniciar procesos de revocación de mandato por iniciativa propia.
- Requisitos para reactivación: Los temas solo volverán a la mesa si los Cabildos correspondientes presentan nuevas solicitudes formales acompañadas de pruebas legales contundentes.
- Respeto a la Ley: De acuerdo con la Ley Orgánica Municipal, solo el Congreso puede determinar la suspensión o revocación de un mandato, pero siempre bajo un procedimiento jurídico estricto que garantice la audiencia de los implicados.
Conclusión y Seguimiento
El legislador concluyó que mientras las denuncias penales o electorales no prosperen en las instancias correspondientes para determinar responsabilidades legales definitivas, el Congreso se mantendrá al margen, priorizando la estabilidad institucional de los municipios para no afectar la prestación de servicios a la ciudadanía.










