CIUDAD DE MÉXICO (24 de marzo, 2026) — En un paso histórico para la justicia de género en el país, la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, anunció el envío al Senado de la República de la iniciativa de Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar el delito de feminicidio. Esta propuesta busca homologar el tipo penal en todo el territorio nacional, garantizando que ninguna muerte violenta de una mujer quede sin una investigación exhaustiva bajo perspectiva de género.
Ejes Fundamentales de la Iniciativa
La ley establece directrices estrictas para las fiscalías y el sistema judicial, enfocándose en eliminar las omisiones que históricamente han derivado en impunidad:
- Investigación Obligatoria: El Ministerio Público estará obligado a investigar de inicio toda muerte violenta de una mujer como feminicidio, evitando que estos casos sean catalogados erróneamente como suicidios.
- Turno Continuado: Se mandata la implementación de investigaciones ininterrumpidas (24/7) para asegurar que las pruebas y diligencias se realicen de manera inmediata.
- Imprescriptibilidad: La acción penal, la sanción y la reparación del daño por este delito no caducarán con el tiempo.
Sanciones y Agravantes
La iniciativa contempla un endurecimiento de las penas y la pérdida de derechos para los agresores:
- Penalidad: Se establece una condena de 40 a 70 años de prisión, además de multas de hasta dos mil UMAS.
- Razones de Género: Se constituyen nueve razones específicas, incluyendo signos de violencia sexual, antecedentes de maltrato y relaciones de poder.
- Agravantes: Se definen 21 circunstancias que aumentan la gravedad, como que la víctima sea menor de edad, adulta mayor, viva con discapacidad, pertenezca a pueblos originarios o que el delito ocurra frente a sus hijos.
- Sanciones Adicionales: El responsable perderá la patria potestad, derechos sucesorios y será inhabilitado permanentemente para cualquier cargo público.
Derechos de las Víctimas y Reparación del Daño
La Ley General articula un sistema integral de apoyo para las sobrevivientes y las familias de las víctimas:
- Atención Integral: Acceso gratuito a asistencia jurídica especializada, atención médica y psicológica de urgencia, y servicios de traducción.
- Protección a la Infancia: Se creará el Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Orfandad por Feminicidio, garantizando seguridad social y apoyo del DIF para los menores afectados.
- Dignidad Póstuma: Se prohíbe estrictamente la difusión de imágenes de las víctimas en plataformas digitales y se mandata la entrega digna y asistida de los cuerpos a sus familiares.
Ruta Legislativa y Prevención
Para la expedición de esta norma, se requiere reformar el artículo 73 de la Constitución, facultando al Congreso de la Unión para emitir una ley de carácter general que todos los estados deberán adoptar. Asimismo, se fortalecerán políticas preventivas a través de los Centros LIBRE, las fiscalías especializadas y la línea de atención 079.










