Las empresas registradas como personas morales tienen como fecha límite el próximo 31 de marzo para presentar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
José Alberto Muñiz Vargas, coordinador de la Comisión de Síndicos del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla, señaló que no cumplir con esta obligación fiscal puede derivar en multas que superan los 50 mil pesos.
Asimismo, advirtió que también pueden aplicarse medidas que impactan directamente en la operación de las compañías, como la restricción del certificado de sello digital.
“Cuando una empresa no presenta su declaración anual, el SAT puede limitar el uso de su sello digital”, explicó.
Muñiz Vargas indicó que este trámite debe realizarse mediante la plataforma en línea del SAT.
Finalmente, recomendó revisar con atención la información antes de enviarla, ya que si se detectan errores o inconsistencias será necesario presentar declaraciones complementarias para realizar las correcciones correspondientes.










